Los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas cuyo importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de ellas sea inferior a 5.000.000€ y tengan una plantilla media inferior a 25 empleados, podían reducir en un 20 por 100 el rendimiento neto positivo declarado, siempre y cuando la plantilla media utilizada del conjunto de sus actividades económicas no fuera inferior a la unidad y a la plantilla media del período impositivo 2008.
La Resolución del TEAC, de
5 de febrero de 2015 señala que cuando la actividad económica
se ejerce a través de una comunidad de
bienes, deben cumplirse en sede de la
entidad en régimen de atribución de
rentas y no con relación a cada
partícipe o cotitular de la misma en
proporción a su respectiva
participación.
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