miércoles, 27 de febrero de 2019

Pagar antes de repartir: Prelación de los acreedores del causante ante los legatarios de cosa determinada en ausencia de herederos legitimarios.



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La determinación del inventario del causante incluyendo, por cautela, los bienes objeto de legado de cosa determinada a los fines de poder conocer si la entrega del bien legado puede perjudicar, o no, la integridad de la masa patrimonial del causante, que al igual que en vida de este es la garantía frente a sus acreedores, viene siendo reconocida por la llamada jurisprudencia menor. Dicha precaución patrimonial de los acreedores no va a quedar  afectada porque no existan sucesores legitimarios, es decir, aunque no surja la “pars bonorum” sobre los bienes del causante. Extractamos  tres sentencias de las Audiencias Provinciales.

sábado, 16 de febrero de 2019

Diferentes efectos preclusivos de la falta de impugnación del Inventario o de la Lista de Acreedores del Informe de la Administración Concursal


La reciente Sentencia de la Sala Civil del Tribunal Supremo número  558/2018 de 9 de octubre señala que la ausencia de impugnación del Inventario, a diferencia de la Lista  de Acreedores, no produce efectos declarativos, dado que aquel tiene una mera función  informativa:

“De la que se colige que el inventario y la lista de acreedores tienen una naturaleza  diferente: mientras que la lista de acreedores, con la excepción de lmodificaciones derivadas  de las previsiones de los arts. 97, 97 bis y 97 ter LC (y demás supuestos previstos legalmente, a los que se remite el art. 97.3 LC), determina de manera definitiva la composición de la masa  pasiva, que ya no podrá ser combatida, el inventario tiene naturaleza informativa, por lo que la  inclusión en dicho documento de un bien o derecho no constituye un título de dominio diferente a los previstos en el art. 609 CC.”